martes, 26 de noviembre de 2013

Bienvenidos

Buenas tardes estimados compañeros de estudio.
He querido concatenar las actividades de Postgrado, con las nuevas herramientas tecnológicas y de Sistemas de Información Educativa; elementos andragógicos y pedagógicos que nos permitirán establecer comunicación permanente.
Es decir, además de las actividades en el aula, realizaremos aportes a través del BLOG, los cuales una vez publicados, podrán ser leídos por toda el aula y no podrán ser modificados. Esta herramienta permita monitorear su aportes, la calidad y pertinencia de los mismos y al mismo tiempo tener acceso permanente con mi persona.
Atrevámonos a cambiar las posiciones dogmáticas tradicionales en el área educativa, fortaleceremos nuestro conocimiento y enriqueceremos la discusión.
A partcipar entonces

18 comentarios:

  1. Buenas noches mi aporte respecto a dos preguntas del cuestionario que estamos desarrollando en clase es el siguiente:

    1.- Los Estados, Distritos y Municipios pueden contratar deuda externa? y su criterio.

    Según lo establecido en el artículo 95 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, los Estados, Distritos y Municipios tienen prohibido contratar deuda externa.

    2.- Que se entiende por situado constitucional?

    Es una partida equivalente a un máximo del 20 % del total de los ingresos ordinarios estimados anualmente por el fisco nacional. la cual se distribuye entre los estados y el distrito capital de la forma siguiente: 30% de dicho porcentaje en partes iguales y el 70% en un ajuste que va a depender de la proporción de la población de cada entidad (Estados).

    de acuerdo a lo debatido en clases, este sistema posee ciertos vacíos al momento de realizar dicha distribución por cuanto no solo se debe valorar la demografía de cada estado sino su geografía, por cuanto algunas entidades poseen una amplia extensión de territorio como nuestro estado Apure y muy poca población, lo que nos llama a la siguiente reflexión, la gran mayoría de las alcaldías de los estados centrales donde reposan la mayor cantidad de población pueden generar sus propios ingresos, pero en el caso de las alcaldías de las zonas rurales como las de nuestra entidad, depende necesariamente del presupuesto anual.

    En la aplicación de este sistema no se consideran factores tales como: la vialidad, servicios públicos, infraestructura, razones sociales, por lo que nuestro presupuesto siempre esta ajustado y limitado.

    Es por ello que en la aplicación de las estrategias presupuestarias ocurren situaciones donde se debe realizar solicitudes anexas con el fin de cubrir todas estas necesidades.

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    1. Peña como va todo? De acuerdo Doctor. Pero además, el legislador en la CRBV en el árticulo 312 estableció la limitacion de contratar Deuda Pública a los Estados y Municipios, cuando establece en su parte in fine lo siguiente: "( ...). El Estado no reconocerá otras obligaciones que las contraídas por órganos
      legítimos del Poder Nacional, de acuerdo con la ley.

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    2. Hola buenas tardes, de acuerdo con todas las respuestas, sin embargo me gustaría agregar en lo que se refiere a las prohibiciones en materia de crédito público, el artículo 92 prohíbe de manera expresa a la República y a las sociedades cuyo objeto principal sea la actividad financiera, otorgar garantías para respaldar obligaciones a terceros, salvo las que se autoricen conforme al régimen legal de concesiones de obras y servicios públicos nacionales (art. 92 LOAF). Asimismo, se prohíbe la contratación de operaciones de crédito público con garantía o privilegios sobre bienes o rentas nacionales, estadales o municipales (art. 93 LOAF); y en ningún caso, los Estados, Municipios y Distritos, y los entes creados por ellos, podrán realizar operaciones de crédito público externo o en moneda extranjera, o para garantizar obligaciones de terceros (art. 95 LOAF).

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  2. Muy buenos días, por aqui estoy aportando mi opinión acerca de ésta excelente herramienta para nuestros estudios de postgrado, que nos vá a permitir adquirir conocimientos y compartir ideas entre todos.
    Mis respuestas a las preguntas Nros. 18 y 42.

    18.- Mencione cinco (05) categorías de ingresos públicos que pueden generar los municipios (Alcaldías), como parte de sus competencias constitucionales.
    R.- 1.Los ingresos provenientes de su patrimonio, incluyendo el producto o resultado de sus ejidos y bienes.
    2. Las tasas por licencias o autorizaciones, los impuestos por actividades económicas ya sean del comercio o por servicios, los impuestos por vehículos(patentes), propagandas, espectáculos públicos.
    3. Los ingresos derivados del situado constitucional.
    4. El producto de las multas.
    5. El producto de las sanciones.

    42.-¿Qué técnicas y recaudos utilizaría para sustentar desde el punto de vista de LA AUDITORÍA, la comprobación de:
    -Distribución administrativa de los créditos presupuestarios.
    R:Por medio de la Ejecución Presupuetaria, las órdenes de pago.
    -Libros Auxiliares de banco.
    R:Por los movimientos de las cuentas bancarias, conciliaciones bancarias, los talonarios de las chequeras.
    -Adquisición de materiales.
    R:A través de las requisiciones de bienes y servicios, las órdenes de compra, facturas.
    -Contratación de una obra.
    R:Con las licitaciones, las consultas de precios, el presupuesto de la obra, los contratos.
    -Prestación de un servicio de mantenimiento.
    R:Las requisiciones de bienes y servicios, las facturas, los contratos de servicios.
    -Modificación presupuestaria.
    R:Actas de Directorio, resoluciones, traslados entre partidas.
    -Cancelación de la nómina.
    R:Órdenes de pago, control de asistencias, nómina.

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    1. Hola Carolina, Bien, aportaría que es necesario una resolucion de la distribucion presupuestaria emitida por la autoridad competente del Órgano o Ente. Ademas, para el Control de obras, se utiliza la tecnica de observacion "in situ", lavantamiento de actas fiscales y referencias fotograficas, amen de la toma de muestra por parte del Laboratorio Geotecnico de la CEA. Pero entre otros recaudos, ademas de los que mencionas solicitamos: En la Adquisición de materiales y dependiendo el material o bien el Acta de entrega, nscripción en el SNC y Solvencia y Si se cumplió con los extremos legales establecidos en la LCP y su Reglamento, en la Contratación de obras el Acta o documento donde se señale la fecha de inicio de la ejecución de la obra, Solvencias y garantías requeridas, El pliego de condiciones y la oferta, Cronograma de desembolso de la contratación, Documentación legal de la persona natural o jurídica, Certificados que establezcan las garantías respectivas y sus condiciones, y se verifica que la firma del contrato se haya realizado dentro de ocho (8) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación y que se haya dado cumplimiento a los extremos legales establecidos en la LCP y su Reglamento, auque nombra el presupuesto es muy raro que se consiga una contracion de obras sin una modificacion, si nos vamos a la parte de ejecucion de la misma, por lo que se verifica la existencia del modificado (s) y la documentacion necesaria para tal fin, memoria descriptiva, planos, detalles, APU, otros, en cuanto prestacion de servicios se solicita casi tidos los requisitos que para obras. Podriamos establecer diferencias y similitudes. Ah... Carolina en la actualidad y desde que entró en vigencia la LCP no se usa el termino "licitación", sino Seleccion de Contratista. El mismo musiú Carol... Buenos Dias

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    2. Hola Carolina.. acertada tú repuesta, sin embargo referente a la pregunta Nº 18, quiero aportar lo siguiente: entre los ingresos de lo municipios procedentes de, las tasas por el uso de sus bienes o servicios, lo conforman la venta de gacetas municipales y formularios. Además, de las tasas administrativas por licencias o autorizaciones, lo componen los permisos municipales, las certificaciones y solvencias, el aseo domiciliario, el cementerio municipal, el terminal de pasajeros, y las deudas morosas por tasas. También es de resaltar que, los impuestos sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios, o de índole similar; y los impuestos sobre inmuebles urbanos, vehículos, espectáculos públicos, juegos y apuestas lícitas, propaganda y publicidad comercial; lo conforman los ingresos ordinarios provenientes de Patente de Industria y Comercio (según Ordenanza sobre Patente de Industria y Comercio con Clasificador de Actividades de Comercio Industriales o Similares, publicada según Gaceta Municipal Edición Extraordinaria Nº 209, de fecha 31-10-2002); además de las Patentes de Inmuebles Urbanos, de Vehículos, de Espectáculos Públicos, de Apuestas Lícitas y de Propaganda Comercial, según las Ordenanzas Municipales vigentes.

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    3. Hola buenas tardes, muy acertada tu respuesta Lic. Carolina sin embargo me gustaría agregar que los 05 ingresos que menciono son ingresos ordinarios del Municipio, de acuerdo con el artículo 137 de la LOPPM. Ahora bien, son ingresos extraordinarios del Municipio, de acuerdo con el artículo 139 de la LOPPM:
      1. El producto del precio de venta de los ejidos y demás bienes muebles e inmuebles municipales.
      2. Los bienes que se donaren o legaren a su favor.
      3. Las contribuciones especiales.
      4. Los aportes especiales que le acuerden organismos nacionales o estadales.
      5. El producto de los empréstitos y demás operaciones de crédito público, contratados de conformidad con la ley.

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  3. buenos días, mi aporte acerca de las preguntas que estamos desarrollando respecto a la materia Sistema de la Administración Financiera del Sector Público son los Nros. 02y 03
    02.Cual es el Órgano rector de la Administración Financiera.
    R. El Ministerio de Finanza, el cual dirige, supervisa y mantiene la aplicación de la estructura de la administración financiera a nivel nacional.
    03.Cuales son los sistemas que conforman la administración Financiera del sector Público.
    -Sistema presupuestario
    -Sistema de crédito Público.
    -Sistema de Tesoreria.
    -Sistema de Contabilidad Pública.
    - Sistema Tributario.
    -Sistema de Control Interno.
    - Administración de bienes.
    -Coordinación macroeconomica.
    -Fondo de estabilización macroeconomica.
    - Fondo de ahorro intergeneracional.

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    1. Gracias Nohemi excelentes aportes, asi es la administraciòn financiera del sector pùblico venezolano està conformada por los sistemas antes mecionados, me gustarìa resaltar que entre ellos està incluìdo el sistema de administraciòn de bienes, que si se quiere viene a cobrar fuerza a partir de la promulgaciòn del decreto con rango, valor y fuerza de Ley Orgànica de Bienes Pùblicos (G.OR.B.V Nº39.945, del 15-06-2012), la cual tiene como objeto establecer las normas que regulan el àmbito,organizaciòn, atribuciones y funcionamiento del sistema de bienes pùblicos.

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    2. Hola Nohemí, la coordinacion macroeconómica, Fondo de estabilización macroeconomica, Fondo de Ahorro Intergeneracional (FAI), no son Sistemas da AFSP, mas bien son como mandatos, dispositivas. que establece la LOAFSP para que se establezcan mediante Ley, por cierto a la fecha no se ha creado. el FAI. ¿Porque será? Me parece una maravilla esta fondo, segun lo establecido en los Arts. 155, 156, 157 y 158 de LOASP. ¿Mis Amigos Abogados que dicen?. Agradezco infomacion sobre este

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  4. Buenas tardes, mis aportes a las interrogantes formuladas por el Prof.Marcos, estan relacionadas con el proceso de auditorìa, son las Nº36 ¿Que es el ambiente de control? y la Nº38 ¿que son las actividades de control?.
    Es conveniente señalar, que el sistema de control interno se basa en cinco (05) componentes los cuales son;
    a) Ambiente de control.
    b) Evaluaciòn de riesgos.
    c) Actividades de control.
    d) Informaciòn y comunicaciòn.
    e) Supervisiòn o monitoreo.
    En este sentido, el ambiente de control se refiere a lo que podrìamos llamar "cultura" o actitud generalizada del ente u organismo, con respecto al control, por lo que el ambiente de control, es fundamentalmente, consecuencia de la actitud asumida por la alta direcciòn, la gerencia, y por caràcter reflejo, el resto del personal con relaciòn a la importancia del control interno y su incidencia sobre las actividades y resultados.
    Fija el tono de la organizaciòn y, sobre todo, provee disciplina a travès de la influencia que ejerce sobre el comportamiento del personal en su conjunto.
    Asì mismo, otro de los componentes del control interno son las Actividades de Control, las cuales son todas aquellas medidas de la màs diversa naturaleza, que sirven para asegurar que la actividad medular del ente u organismo en todos sus aspectos està bajo control, es decir, podrìan agruparse aquì todas aquellas polìticas y procedimientos que le proporcionen una seguridad razonable a los niveles gerenciales que se llevan a cabo, en forma eficaz, las acciones consideradas necesarias para afrontar los riesgos que existen respecto al logro de sus objetivos.

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    1. Hola buenas tardes Lic. Elisa, estoy de acuerdo con sus respuestas sin embargo, agregaría que los 05 componentes que señalas constituyen en denominado “Informe COSO” que surgió como una respuesta a las inquietudes que planteaban la diversidad de conceptos, definiciones e interpretaciones existentes en torno a la temática referida

      Ahora bien, de acuerdo a lo que señalo la Comisión de Normas de Control Interno de la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI), el control interno puede ser definido como el plan de organización, y el conjunto de planes, métodos, procedimientos y otras medidas de una institución, tendientes a ofrecer una garantía razonable de que se cumplan los siguientes objetivos principales:
      • Promover operaciones metódicas, económicas, eficientes y eficaces, así como productos y servicios de la calidad esperada.
      • Preservar al patrimonio de pérdidas por despilfarro, abuso, mala gestión, errores, fraudes o irregularidades.
      • Respetar las leyes y reglamentaciones, como también las directivas y estimular al mismo tiempo la adhesión de los integrantes de la organización a las políticas y objetivos de la misma.
      • Obtener datos financieros y de gestión completos y confiables y presentados a través de informes oportunos.
      Para la alta dirección es primordial lograr los mejores resultados con economía de esfuerzos y recursos, es decir al menor costo posible. Para ello debe controlarse que sus decisiones se cumplan adecuadamente, en el sentido que las acciones ejecutadas se correspondan con aquéllas, dentro de un esquema básico que permita la iniciativa y contemple las circunstancias vigentes en cada momento.
      Por consiguiente, siguiendo los lineamientos de INTOSAI, incumbe a la autoridad superior la responsabilidad en cuanto al establecimiento de una estructura de control interno idónea y eficiente, así como su revisión y actualización periódica.
      Ambas definiciones (COSO e INTOSAI) se complementan y conforman una versión amplia del control interno: la primera enfatizando respecto a su carácter de proceso constituido por una cadena de acciones integradas a la gestión, y la segunda atendiendo fundamentalmente a sus objetivos.

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  5. Ok, Elisa. solo agregaría que el cumplimiento de instrumentos de control, que instaure el Órgano o Ente es de vital importancia para que el ambiente de control organizacional sea aceptable, esto tiene mucho que ver con asignacion de la autoridad y responsabilidades, Un buen ambiente de control disminuye los riesgos a la hora de la evaluar las actividades que lleva a cabo el Órgano o Ente, llamese una obra o un servicio.

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  6. 34.- Defina sistema de control interno:
    El sistema de control interno de cada organismo de la admninistración central y descentralizada funcionalmente comprende el plan de organización, las políticas, normas así como los métodos y procedimientos adoptados para la autorización, procesamiento, clasificación, registro, verificación, evaluación, seguridad y protección física de los activos, incomporados en los procesos administrativos y operativos para alcanzar los objetivos generales de los organismos o entidad. Este abarcará los aspectos presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales, normativos y de gestión, así como la evaluación de programas y proyectos y estará fundado en criterios de eficiencia, eficacia y economía.

    35.- Cuales son los objetivos del sistema de control interno?

    El sistema de control interno de cada organismo o entidad tiene por objeto promover el acatamiento de la normativa legal, salvaguardar el patrimonio público, verificar la exactitud, cabalidad, veracidad y oportunidad de la información financiera, presupuestaria, administrativa y técnica a fin de promover la eficiencia de las operaciones, estimular y garantizar el acatamiento de las decisiones adoptadas y lograr el cumplimiento de sus planes, programas y presupuestos, en concordancia con las políticas prescritas y con los objetivos y metas propuestas.

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  7. 44.- ¿Qué información debe contener el presupuesto Consolidado del Sector Público?
    R) Debe contener lo siguiente:
    1.-Una síntesis de la Ley de Presupuesto
    2.- Aspectos básicos de los presupuestos de cada uno de los entes.
    3.- La consolidación de los ingresos y gastos públicos.
    4.- Referencia a los principales proyectos de inversión.
    5.- Información acerca de la producción de bienes y servicios y del recurso humano a utilizar.
    6.- Análisis de los efectos económicos de los recursos y gastos consolidados sobre el resto de la economía.
    (Artículo 75 LOAFSP)
    47.- ¿Qué elementos contiene la Cuenta General de la Hacienda?
    R)La Cuenta General de la Hacienda es un documento a través del cual se expresan los resultados operativos, económicos y financieros de la gestión pública anual. Debe contener como mínimo lo siguiente:
    1.-Los Estados de Ejecución del Presupuesto de la República y de sus entes descentralizados sin fines empresariales.
    2.- Los Estados que demuestren los movimientos y situación del Tesoro Nacional.
    3.- El Estado Actualizado de la Deuda Pública interna y externa, directa e indirecta.
    4.- Los Estados Financieros de la República.
    5.- Un informe que presente la gestión financiera consolidada del sector público durante el ejercicio y muestre los resultados operativos, económicos y financieros y un anexo que especifique la situación de los pasivos laborales.
    Además contendrá comentarios sobre el grado de cumplimiento de los objetivos y metas previstos en la Ley de Presupuesto; y el comportamiento de los costos y de los indicadores de eficiencia de la producción pública.
    (Artículo 130 LOAFSP)

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  8. Buenos días, feliz navidad para todos y todas, que dios los llene de ricas y abundantes bendiciones, y un Feliz año Nuevo para todos, recuerden que la vida se ha hecho para cumplir nuestros sueños, así que a trazar nuevos retos. ¡Feliz Año 2014!
    Ahora bien, los aportes que haré serán específicamente relacionados con las preguntas Nros 9 y 10:
    9.- ¿Cuál es el órgano rector de Sistema de Contabilidad Pública?
    R. Con la promulgación de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP), publicada el 05 de septiembre de 2000 en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.029, se transformó radicalmente el enfoque que se tenía sobre el manejo de los recursos públicos, integrándose como Administración Financiera del Sector Público, a los sistemas de presupuesto, crédito público, tesorería y contabilidad, entre otros; los cuales están interrelacionados y actuarán cada uno de ellos bajo la coordinación de un órgano rector. En éste orden de ideas, La Oficina Nacional de Contabilidad Pública (ONCOP), la cual se encuentra adscrita al Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, es el órgano rector del Sistema de Contabilidad Pública. Su fundamento jurídico se encuentra previsto en la Ley de Reforma de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, en su Artículo 126, de igual forma, el Reglamento parcial Nº 4 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, Sobre el sistema de contabilidad publica, en su Capítulo II; De la organización del Sistema de Contabilidad Pública Rectoría del Sistema de Contabilidad Pública, en su Artículo 6.
    10.- ¿Cuál es el marco regulatorio del Sistema Tributario Venezolano?.
    R. Las Normas Jurídicas más relevantes que rigen nuestro Sistema Tributario están reflejados de manera textual en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los Artículos 136 y 137, dado que se encuentran plasmados los principios que deben regir el Sistema Tributario. Ahora bien, en el Código Orgánico Tributario, se encuentra normado todo lo relativo al sistema tributario, dado que constituye una pieza fundamental, derivándose de los principios generales dirigidos a los distintos tributos nacionales, estadales y municipales, los cuales se encuentran regidos directa o indirectamente por sus disposiciones, en desarrollo de los preceptos establecidos en nuestra constitución. En éste sentido, se procura una uniformidad fiscal que refleja un amplio margen de seguridad jurídica, tanto para el Estado como para los contribuyentes o responsables, por ser este instrumento legal el que determina la autonomía del Derecho Tributario. Para concluir, nuestro Sistema Tributario se maneja de manera que el Estado pueda cumplir las necesidades que el pueblo requiere como son los Servicios Básicos, Salud, Educación, entre otros; por lo que necesita Normas Jurídicas las cuales establezcan Deberes y Derechos de parte del Estado y todos los ciudadanos residentes o domiciliarios en el país, para el pago de los diferentes Impuestos y Tasas que se deben pagar a causa de la fuente de ingresos al cual este sujeto, y de esta manera contribuir al sostenimiento del Estado en la medida de lo posible y en proporción a sus respectivas capacidades.

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  9. Saludos..! Referente a la publicación de las respuestas a las 2 preguntas seleccionadas, del Cuestionario sobre el Sistema de Administración Financiera del Sector Público Venezolano, voy a contribuir con las siguientes:
    4.- ¿Que se entiende por Marco Plurianual del Presupuesto?
    R.- Es un documento que registra la estimación de las variables y resultados fiscales para un período de tres años, cuyos montos se reparten anualmente mediante ley del presupuesto público, de manera que se correspondan con límites globales establecidos en la planificación interanual. Esos límites se derivan del sometimiento de la política fiscal, como parte de la política económica de largo plazo, dando cumplimiento a la condición de sostenibilidad fiscal.
    El proyecto de Ley del Marco Plurianual del Presupuesto, establecerá los límites máximos de gasto y de endeudamiento que hayan de contemplarse en los presupuestos nacionales, así como los indicadores y demás reglas de disciplina fiscal que permitan asegurar la solvencia y sostenibilidad fiscal y equilibrar la gestión financiera nacional en un período de tres años, de manera que los ingresos ordinarios sean suficientes para cubrir los gastos ordinarios.
    Este Marco Plurianual del Presupuesto, tiene como precepto legal la CRBV en su artículo 311, la LOAFSP en su artículo 25 y en el R1 de la LOAFSP Sobre el Sistema Presupuestario en su artículo 11.

    5.- ¿Cuál es el órgano competente para administrar y dirigir las políticas de endeudamiento?
    R.- El órgano con competencia para administrar y dirigir las políticas de endeudamiento, es la Oficina de Crédito Público, órgano rector del Sistema de Crédito Público, adscrita al Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas. Esta Oficina de Crédito Público, tiene como misión asegurar la existencia de políticas de endeudamiento, así como una eficiente programación, utilización y control de los medios de financiamiento que se obtengan mediante operaciones de crédito publico.

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  10. Holaaaaaaa.
    Feliz año a todos. Espero que la hayan pasado fino en compañía de familiares y amigos.
    Preferí dejarlos descansar estos días y a partir de hoy me reporto, algo atareado, por cuanto en la institución esta semana estamos llevando a cabo las jornadas de capacitación y adiestramiento que acostumbramos realizar a principios de cada año.
    He analizado detenidamente sus aportes y han sido además de pertinentes, respetuosos y ajustados a lo que se está estudiando.
    Me preocupa la escasa o casi nula participación de algunos compañeros.
    Tendremos actividad académica el jueves a las 4:15 p.m.
    Saludos cordiales.

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